CLASIFICACION DEL GLOSARIO PARLAMENTARIO


Clasificación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.- Es el medio o instrumento legal para asegurar en juicio la subsistencia del Derecho, impedir su desconocimiento y corregir su violación.
ACTA.- Documento que contiene la relación, narración o reseña por escrito de los hechos, deliberaciones y acuerdos que Tienen lugar en el desarrollo de las funciones legislativas.
ACTO LEGISLATIVO.- Facultad de dictar leyes; competencia única del Poder Legislativo.
ACUERDO PARLAMENTARIO.- Convenio o pacto en cierta materia entre grupos parlamentarios tomada en el seno de
ADICIÓN A UNA LA LEY O DECRETO.- Agregar nuevas disposiciones jurídicas a la estructura normativa de las leyes o Decretos existentes o en proceso de elaboración, ya sea en forma de títulos, capítulos, artículos, fracciones, incisos o Párrafos.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.- Es la acción del gobierno al dictar y aplicar las disposiciones necesarias para el cumplimiento
De las leyes y para la conservación y el fomento de los intereses públicos y al resolver las reclamaciones a que dé lugar Lo mandado.
AGENDA LEGISLATIVA.- Es un documento interno del Congreso que contiene la planeación de la labor legislativa que
Se proyecta realizar en el período constitucional de una legislatura, es la programación por materia y tiempos de los Asuntos a tratar dentro de los periodos ordinarios de sesiones o de receso estableciendo prioridades mediante el Análisis sobre la necesidad de actualización o renovación del marco jurídico vigente. Existen diferentes tipos de Agenda:
Agenda Común.- cuando abarca la planeación de todos los grupos parlamentarios.
Agenda Particular.- cuando contiene temas planteados por un grupo parlamentario.
Agenda General.- si contiene todos los asuntos para el periodo constitucional de la legislatura.
Agenda Parcial-. Si corresponde solo a los asuntos de un periodo ordinario, extraordinario o de receso.
ANTEPROYECTO DE LEY Y DECRETO.- Es la primera relación sucinta de una ley. El anteproyecto presenta la idea Previa en torno ha la cual se desarrolla el proyecto, mismo que antecede al establecimiento de una nueva normatividad.
APERTURA DE PERIODO DE SESIONES DEL CONGRESO.- Acto protocolario por medio del cual, la presidencia del Congreso declara formalmente iniciados los trabajos de un periodo de sesiones.
Junta Directiva.- Es la reunión de pocas personas q elegidas que constituye el organismo que tiene la función de controlar dirigir y planificar sus actividades en una entidad
Asamblea Ordinaria y Extraordinaria.- Es la reunión deliberante de una entidad en la que participan la mayoría de asociados donde debaten diversos asuntos en el orden del día de acuerdo a sus estatutos y reglamentos
Junta Reglamentaria.- Se caracteriza por ser una reunión de trabajo deliberante informativa del acontecer de la entidad, seguida de una actividad social